Aprueban consulta popular sobre prohibir explotación petrolera de Yasuní en Ecuador
Quito, 9 may (EFE).- La Corte Constitucional de Ecuador aprobó este martes la realización de una consulta popular que busca proteger de la explotación petrolera el Parque Nacional Yasuní, una de las mayores reservas de biosfera del planeta ubicada en el corazón de la Amazonía ecuatoriana.
Tras diez años de haber sido impulsada la iniciativa por el colectivo ambientalista Yasunidos, la Corte Constitucional finalmente aprobó la pregunta por ellos planteada y que debe ser sometida al voto popular.
La propuesta busca dejar en el subsuelo las reservas de crudo que yacen en el denominado eje Ishpingo-Tambococha-Tiputini (ITT), ubicado en el llamado Bloque 43 de explotación petrolera, que implica una zona importante del Parque Yasuní.
En esa zona ya se efectúan operaciones a cargo de la petrolera estatal Petroecuador con una producción diaria de más de 55.000 barriles de petróleo al día (alrededor del 11,45 % de la producción nacional), que deberían cesar en caso de que en la consulta popular gane la iniciativa de Yasunidos.
«¿Está usted de acuerdo en que el Gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT, conocido como Bloque 43, indefinidamente en el subsuelo?», reza la pregunta.
«Según la ley, en un máximo de 75 días las y los ecuatorianos podremos decidir si como país seguimos explotando el lugar más megadiverso del planeta o si caminamos hacia un modelo que ponga a las personas y a la naturaleza en el centro del futuro», afirmó Yasunidos en un mensaje en redes sociales tras conocer el fallo.
La Corte Constitucional, además de emitir un dictamen favorable a la pregunta de Yasunidos, condicionó que en la papeleta que servirá para la consulta se coloque un texto para el caso de que la iniciativa gane la votación, que explique cómo desmontar las operaciones petroleras existentes en la zona.
«Se procederá a hacer un retiro progresivo y ordenado de toda actividad relacionada a la extracción de petróleo en el término no mayor a un año», precisó la Corte en su fallo.
Además, dejó claro que, si Ysunidos triunfa, el Estado no podrá ejercer acciones que tiendan a «iniciar nuevas relaciones contractuales para continuar con la explotación del Bloque 43».
La Corte también reprochó «el conjunto de acciones estatales que en su momento obstaculizaron el pleno ejercicio de los derechos de participación de los solicitantes y adherentes a la iniciativa».
El fallo se produjo después que el 21 de abril pasado la Corte decidiera reasignar el caso a un nuevo juez ponente, tras que la primera magistrada designada, Carmen Corral, presentara un fallo que no obtuvo el apoyo del pleno del organismo.
La Corte, entonces, designó al juez constitucional Alí Lozada Prado para que asuma la causa.
Yasunidos había presentado en 2014 unas 757.000 firmas de respaldo para llevar adelante la consulta, lo que equivalía al 5 % del padrón electoral de entonces, como establecía la Constitución para poder convocar un plebiscito.
Sin embargo, el total de esas firmas no fueron aceptadas por el Consejo Nacional Electoral que, posteriormente, fue conminado por la Corte Constitucional a revisarlas, proceso que concluyó con la validación de las rúbricas en 2022.
El Parque Nacional Yasuní es el área natural protegida más grande del territorio continental de Ecuador y en su interior alberga a más de 2.000 especies de árboles y arbustos, 204 de mamíferos, 610 de aves, 121 de reptiles, 150 de anfibios y más de 250 de peces.
Además, en zonas consideradas intangibles de ese parque habitan pueblos indígenas de la etnia waorani, que incluye grupos como los tagaeri y taromenane que viven en aislamiento voluntario, sin contacto con la sociedad existente fuera de su territorio. EFE
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