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Jueza colombiana pone a Uribe más cerca de un juicio al rechazar preclusión

Bogotá, 27 abr (EFE).- El proceso contra el expresidente colombiano Álvaro Uribe por supuesto fraude procesal y soborno a testigos dio este miércoles un paso más en dirección al enjuiciamiento del exmandatario con la decisión de una jueza de rechazar la solicitud de preclusión hecha por la Fiscalía.

La Jueza 28 de Conocimiento de Bogotá, Carmen Helena Ortiz, anunció su decisión de no precluir el proceso en una audiencia virtual de más de once horas de duración y se espera que la defensa apele el fallo ante el Tribunal Superior de Bogotá para evitar que Uribe vaya juicio.

«El despacho rechazará la petición de preclusión de la investigación por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal», dijo la jueza en la audiencia a la que asistieron el expresidente Uribe, las supuestas víctimas, los abogados de las partes y representantes de la Fiscalía y la Procuraduría, entre otros.

Durante la audiencia, la jueza explicó por qué no eran procedentes la mayoría de los argumentos del fiscal Gabriel Jaimes para precluir el caso.

El abogado penalista Francisco Bernate explicó a Efe que el Tribunal Superior de Bogotá no tiene un «tiempo de ley» para pronunciarse sobre este caso y que lo más probable es que se tome entre cuatro y ocho meses para comenzar a estudiar la apelación y luego decidir.

PETICIÓN DE PRECLUSIÓN A UNA SOLA VOZ

La Fiscalía, la Procuraduría y la Defensa habían solicitado a la jueza precluir el proceso al considerar que las pruebas no demostraban que Uribe hubiera participado activamente o dado la orden para buscar testigos falsos contra el senador de izquierdas Iván Cepeda.

En contraposición a esa postura, las víctimas aseguran que el expresidente, de 69 años de edad y que gobernó Colombia entre 2002 y 2010, debe ir a juicio porque las investigaciones indican que supuestamente participó en el episodio, retomando lo dicho en su momento por la Corte Suprema de Justicia.

El caso de Uribe comenzó en 2012 cuando la Corte Suprema de Justicia, por una denuncia del exmandatario contra Cepeda, del partido Polo Democrático Alternativo, decidió no abrir investigación contra el senador de izquierdas y, en cambio, inició un proceso a Uribe por manipulación de testigos.

Más adelante, a mediados de 2018, la Corte llamó a Uribe a indagatoria por fraude procesal y soborno, pues las pesquisas de ese alto tribunal apuntaban a que el expresidente, a través de terceros como el abogado Diego Cadena, al parecer intentó manipular las versiones de varios exparamilitares para que declararan contra Cepeda.

PROCESO DILATADO

Uno de los puntos más álgidos del proceso fue el 4 de agosto de 2020 cuando la Sala de Instrucción del alto tribunal ordenó la detención domiciliaria del expresidente quien el 18 del mismo mes renunció a su escaño en el Senado perdiendo su condición de aforado, por lo que la Corte Suprema de Justicia perdió su competencia en el caso, que pasó a la Fiscalía.

Uribe, que permaneció 67 días bajo arresto domiciliario en su finca de El Ubérrimo, en el departamento de Córdoba (norte), siempre ha dicho que renunció a su condición de aforado porque no tenía garantías en la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo y pese a que no ha sido acusado por la Fiscalía, la Corte Constitucional ratificó, tras una votación unánime, al expresidente en calidad de imputado en este proceso tras estudiar una acción de tutela (recurso de amparo).

Este recurso fue presentado por su defensa al considerar que se había violado el debido proceso por falta de imparcialidad e independencia, ya que el caso se filtró a los medios de comunicación.

No obstante, los magistrados decretaron que no se violaron los derechos de imparcialidad ni al debido proceso, por lo que el caso siguió su curso y mantuvo la calidad de imputado.

Así pues la audiencia de preclusión, que comenzó en abril del año pasado y en la que se escuchó a la Procuraduría, la Fiscalía, los abogados de las partes y a Uribe fue cerrada hoy por la jueza Ortiz diciendo que el caso no precluye. EFE

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