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El Parlamento de Ecuador aprueba la Ley de Extinción de Dominio

Quito, 20 ene (EFE).- El Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio, una ley con la que el legislativo espera ayudar a combatir la corrupción en el país andino.

El texto, elaborado con base en un informe elaborado por la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social, un organismo de control del Estado, fue aprobado por 131 votos afirmativos de los 137 que integran la Asamblea, se informó en un comunicado.

Raúl Tello, presidente de la mesa legislativa, dijo que, tras el segundo debate, se recogieron 12 observaciones, entre ellas: «la incorporación de cosa juzgada, enajenación anticipada de los bienes, reciprocidad internacional, administración, venta y monetización de los bienes en el exterior», según un comunicado.

«El objetivo de la normativa es regular la extinción de dominio de los bienes de origen ilícito o injustificado o destino ilícito a favor del Estado», agregó.

El primer debate de la ley, que pasa ahora a sanción u objeción del presidente de la República, Lenín Moreno, se celebró en septiembre pasado y acabó con algunas interrogantes que la Comisión debió responder en el definitivo debate para su aprobación.

La ley establece que la extinción de dominio es «patrimonial, imprescriptible, autónoma, distinta e independiente de cualquier otro proceso o materia».

La norma aprobada contempla que se respetarán los derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, que resulten pertinentes con la naturaleza del procedimiento de extinción de dominio.

Y que la Ley de Extinción de Dominio se regirá bajo los principios de: «Derecho a la propiedad, nulidad de origen, retrospectividad, imprescriptibilidad, contradicción, objetividad y transparencia, y reciprocidad internacional».

El proyecto de ley busca seguir la ruta del dinero perdido por la corrupción, y era esperada por organismos internacionales que han exigido a Ecuador una lucha sin cuartel contra esta lacra.

«La ley es de carácter patrimonial, estamos guardando las distancias, la independencia y autonomía», aclaró en diciembre el parlamentario al subrayar los principios fundamentales de la misma: nulidad en el inicio, restrospectividad e imprescriptibilidad.

Con esas facultades permitirá, dentro de un debido proceso, llegar a una sentencia de extinción de dominio en base a los propios principios y derechos constitucionales, con el fin último de recuperar los bienes mal habidos.

E incorpora como sujetos procesales a la Procuraduría, la Fiscalía General del Estado y el o los afectados. EFE

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