El TEDH rechaza las medidas cautelares que pedía el candidato ultra Georgescu en Rumanía
París, 21 ene (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo ha rechazado las medidas provisionales solicitadas por el candidato ultra a las elecciones presidenciales en Rumanía, Calin Georgescu, en particular que se respetaran los resultados de la primera vuelta, en la que quedó en primera posición contra todo pronóstico.
En una decisión publicada este martes, los jueces europeos señalan que no hay «riesgo inminente» de que Georgescu sufra un daño «irreparable» en sus derechos si no se adoptan esas medidas que reclamaba, lo único que las hubiera podido justificar.
«Esas medidas solo se pueden adoptar en circunstancias excepcionales, cuando son necesarias en interés de las partes y para el buen desarrollo del procedimiento», recuerdan.
En la primera vuelta de las presidenciales celebrada el pasado 24 de noviembre, el candidato ultranacionalista dio la sorpresa gracias a una campaña en redes sociales que, según la Justicia, estuvo supuestamente apoyada por Rusia en una operación de injerencia.
Ganó con el 23 % de los votos, por delante de la candidata liberal-nacionalista Elena Lasconi, que obtuvo el 19 % de los sufragios.
El Tribunal Constitucional rumano anuló el proceso electoral el 6 de diciembre y se ha pospuesto al mes de mayo, con una primera vuelta el 4 de ese mes y una segunda vuelta posiblemente el 18.
Georgescu había pedido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que adoptara medidas provisionales para suspender el dictamen de los jueces constitucionales rumanos y obligar a que se reanudara el proceso electoral respetando los resultados de la primera vuelta del 24 de noviembre.
Se trataba así de reparar el supuesto «perjuicio democrático» sufrido por el demandante y «restablecer así la confianza».
El candidato ultra había invocado dos artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos que considera que se habían violado con la anulación de las elecciones, el que garantiza el derecho a un proceso justo y el que garantiza el derecho a unas elecciones libres.
En su dictamen, el TEDH recuerda que las decisiones sobre las medidas cautelares no prejuzgan lo que pueda decir más adelante sobre si admite una demanda a trámite o su pronunciamiento sobre el fondo del asunto. EFE
ac/psh