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La consulta popular, la carta que se juega Petro para salvar sus reformas sociales

Jorge Gil Ángel

Bogotá, 12 mar (EFE).- El virtual hundimiento de la reforma laboral en el Congreso llevó al presidente de Colombia, Gustavo Petro, a apostar por la consulta popular, un mecanismo de participación ciudadana, para tramitar las propuestas que lo llevaron al poder en 2022 y que no han sido aprobadas por el legislativo.

Petro afirmó el martes que el Gobierno nacional va a convocar a una consulta popular para «que sea el pueblo el que decida» sobre la reforma laboral y sobre la reforma a la salud en Colombia.

Una primera propuesta de reforma a la salud fue hundida en el Congreso el año pasado y el Gobierno volvió a presentarla meses después al Legislativo, donde la semana pasada fue aprobada por la Cámara de Representantes y pasó al Senado.

La reforma laboral siguió el mismo camino, pero puede hundirse en la Comisión Séptima del Senado porque ocho de sus 14 miembros firmaron ayer el documento para archivarla.

¿Qué es la consulta popular?

El artículo 103 de la Constitución colombiana señala que la consulta popular es uno de los siete «mecanismos de paticipación del pueblo en ejercicio de su soberanía».

Según la Ley 134 de 1994, que reglamenta estas mecanismos, la consulta popular es «la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto».

En este mecanismo, las preguntas que se formulen deben estar redactadas de la forma más clara posible para que los ciudadanos respondan ‘Sí’ o ‘No’.

¿Cuáles son los pasos para que se lleve a cabo?

Para convocar la consulta popular, el presidente deberá contar con la firma de todos los ministros y con un concepto favorable del Senado.

«El presidente tiene que presentar una solicitud con la firma de todos los ministros al Senado de la República y el Senado tiene que considerarla y pronunciarse sobre ella, mediante una votación, y tiene que hacerlo en un plazo máximo de 30 días», explicó a EFE Juan Carlos Galindo, quien fue el jefe de la Registraduría Nacional del Estado Civil -entidad que entre otras funciones organiza las elecciones- entre 2015 y 2019.

Una vez este órgano legislativo tome una decisión, la consulta popular deberá realizarse en los tres meses siguientes.

«La decisión tomada por el pueblo en la consulta será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral», precisa la ley.

Según la Registraduría, en Colombia hay 40.963.370 personas habilitadas para votar, por lo cual deben sufragar al menos 13.654.456 ciudadanos para que la consulta popular sea válida.

¿Qué se puede someter a votación y cómo?

Con este mecanismo, no pueden ser consultados asuntos que impliquen modificar la Constitución, la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, ni «proyectos de articulado», como las reformas que tramita el Gobierno en el Congreso.

Al respecto, el ex registrador Galindo, que es profesor de la Universidad Javeriana, explica que el siguiente paso es ver cómo el Gobierno «plantearía las preguntas».

«No puede ser un proyecto de normas, sino de preguntas que deben ser redactadas de manera clara y para responder sí o no. El desafío que tiene el Gobierno es mirar a ver cómo podría redactar ese tipo de preguntas en esas condiciones: que sean claras y que sean respondidas sí o no, para que en caso de que fuera aprobada la consulta, el Congreso de la República tenga que darles curso a través de una ley», explicó Galindo.

¿Cuántas consultas populares se han realizado en Colombia?

Desde que se estableció la consulta popular en la Constitución de 1991, este mecanismo sólo ha sido utilizado una vez, en 2018, cuando los colombianos acudieron a las urnas para votar una consulta anticorrupción promovida por la exalcaldesa de Bogotá Claudia López.

Esta propuesta buscaba, entre otras cosas, reducir el sueldo a los congresistas y funcionarios públicos que ganaran más de 25 salarios mínimos legales vigentes y la posibilidad de que los corruptos tengan pena de cárcel, así como el prohibirles volver a contratar con el Estado.

Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) informó entonces que la consulta anticorrupción no superó los 12,1 millones de votos necesarios para que fuera vinculante, pues sólo participaron un total de 11.674.951 personas que representaban el 32,05 % del censo electoral de entonces en el país. EFE

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