El futuro de Bárcenas, ¿en manos de Ginebra?
La justicia ginebrina investiga si los fondos en Suiza del ex tesorero del PP proceden de alguna actividad criminal. Las pesquisas podrían extenderse a los bancos y empleados que gestionaron las transacciones. De probarse el delito de blanqueo, el capital confiscado podría ser restituido a España.
Si bien el caso Gürtel estalló en España en 2009, poniendo al descubierto una red de sobornos y corrupción vinculada al Partido Popular (PP), no fue hasta los albores de 2013 cuando Suiza se perfiló como una de las piezas clave.
Luis Bárcenas depositó presuntamente hasta 38 millones de euros (45,6 millones de francos suizos) en las sucursales ginebrinas de los bancos Lombard Odier y Dresdner Bank durante la década pasada, según declaró el propio implicado ante el juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz.
“Estamos investigando si los fondos proceden de alguna actividad criminal”, confirma a swissinfo.ch el fiscal encargado del caso, Jean-Bernard Schmid. El magistrado precisa que es el Ministerio Público de Ginebra quien está a cargo de las pesquisas, porque las presuntas operaciones tuvieron lugar en esta jurisdicción.
Si las sospechas de blanqueo se extendieran a otros cantones, correspondería al Ministerio Público de la Confederación (MPC) intervenir.
Jacqueline Buehlmann, portavoz del MPC, confirma a swissinfo.ch que “si (en el futuro) hubiera indicios suficientes para abrir una investigación a escala federal, el MPC actuaría en consecuencia cooperando estrechamente con sus colegas ginebrinos”.
De lo contrario, la labor de la fiscalía helvética se centra en dar trámite a la solicitud de asistencia judicial mutua en materia penal que interpuso España y en responder a sus preguntas.
Febrero 2009. El diario El País destapa el caso Gürtel, una red de corrupción protagonizada por el Partido Popular (PP). Luis Bárcenas, tesorero del partido, sería uno de los principales implicados.
Junio 2009. El Tribunal Supremo (TS) cita a declarar a Bárcenas y a dos parlamentarias por delito fiscal y cohecho. Un mes después, Bárcenas dimite como tesorero del PP.
Mayo 2010. El TS devuelve al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la causa contra Bárcenas.
Septiembre 2011. EL TSJM considera que no hay pruebas de fraude fiscal y blanqueo de capitales sobre Luis Bárcenas. La Fiscalía Anticorrupción pide al TSJM revisar el caso.
Noviembre 2011. El caso Gürtel es transferido a la Audiencia Nacional.
Marzo 2012. La Audiencia Nacional ordena reabrir la causa contra Bárcenas, su esposa, Rosalía Iglesias, y dos legisladores más. El juez Pablo Ruz está a cargo del caso.
Enero 2013. La prensa española revela que Luis Bárcenas tuvo hasta 22 millones de euros en cuentas suizas que liquidó al ser imputado en el caso Gürtel. Se conoce también que Bárcenas llevaba una doble contabilidad en el PP que permitía pagos fuera de la ley a secretarios ejecutivos y otros miembros del partido. España presenta una solicitud de colaboración judicial ante el Ministerio Público de la Confederación.
Febrero 2013. Luis Bárcenas reconoce ante el juez instructor Pablo Ruz que sus activos en Suiza llegaron a sumar 38 millones de euros.
Mayo 2013. El Ministerio Público de Ginebra abre una instrucción penal para investigar si el ex senador por Cantabria incurrió en blanqueo de dinero en Suiza.
Primero, probar el delito
El camino por andar en Suiza en el caso Bárcenas se anuncia largo.
Según Nicolas Queloz, profesor de la cátedra de Derecho Penal y Criminología en la Universidad de Friburgo, la instrucción penal por presunto blanqueo de dinero que acaba de abrir la fiscalía de Ginebra es “solo un procedimiento preliminar que se sustenta en el artículo 305bis del Código Penal Suizo”.
Este artículo precisa que para identificar el origen o confiscar los valores patrimoniales de un individuo, antes debe presumirse que éstos provienen de la comisión de un delito.
En el caso Bárcenas, explica Nicolas Queloz a swissinfo.ch, podrían haber cometido infracciones no solo el ex tesorero del PP, sino también los empleados bancarios que recibieron y gestionaron sus fondos, o los bancos mismos por “no haber tomado todas las medidas de organización razonables y necesarias para impedir un acto de blanqueo de capitales”, como lo exige el Código Penal helvético en su artículo 102.
“Para fundar cualquier acusación de blanqueo de capitales, el procurador deberá contar con pruebas que validen que el dinero invertido en Suiza proviene de un delito (como la corrupción) que reviste (en España) penas de privación de libertad de más de tres años”, añade el profesor de la Universidad de Friburgo.
Por su parte, el fiscal Jean-Bernard Schmid declinó responder a swissinfo.ch si se plantea viajar a España para reunir nuevos elementos en el marco de las pesquisas en curso.
Devolución de fondos
Respecto a la restitución de los fondos en caso de confirmarse el delito de blanqueo, Schmid indica que “cuando hay posibles víctimas, es prioridad compensarlas con los fondos confiscados. Pero cuando no las hay, como es frecuente en los casos de corrupción, normalmente se aplican los llamados acuerdos de reparto que tiene Suiza con otros países”.
Si se decretara la congelación de las cuentas como resultado del procedimiento que abrió el fiscal de Ginebra, se aplicaría la Ley Federal de Reparto de los Valores Patrimoniales Confiscados, explica el profesor Queloz. Y si se demuestra que hubo corrupción por parte de los políticos implicados, o una gestión desleal de los intereses públicos, “la totalidad de los valores confiscados en Suiza serían restituidos al Estado afectado, en este caso, España”, agrega.
En cambio, si la confiscación resultara de un procedimiento realizado por España, entonces las autoridades ibéricas tendrían que presentar –basándose en un juicio definitivo– una solicitud de asistencia judicial en materia penal para obtener la restitución de los fondos, con sustento en el Convenio del Consejo de Europa relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y decomiso de los productos del delito y las directrices de la asistencia judicial internacional en materia penal.
De acuerdo con Nicolas Queloz, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Friburgo, si el fiscal ginebrino, Jean-Bernard Schmid, aportara las pruebas necesarias para probar que hubo blanqueo de dinero en el caso Bárcenas, el propio fiscal podría condenar a los autores de los delitos con una pena pecuniaria (180 días-multa) o con la privación de libertad (hasta seis meses).
Los afectados dispondrían entonces de 10 días para recurrir, con lo que el caso sería transmitido al Tribunal Penal ginebrino de primera instancia.
En cambio, si el fiscal considerara que los delitos probados ameritan penas más severas a las antes citadas, entonces tendría que presentar una acusación y recurrir al Tribunal Penal de primera instancia.
La sentencia que emita a su vez este tribunal de primera instancia puede ser apelada ante la Corte de Justicia de Ginebra (Sala de Casación Penal), tanto si se trata de una sentencia absolutoria como condenatoria.
Y el fallo de este tribunal cantonal (Sala de Casación Penal de la Corte de Justicia) puede ser recurrido ante el Tribunal Federal, la más alta instancia judicial de Suiza que tiene sede en Lausana.
Los bancos colaborarán
Los dos bancos implicados –Lombard Odier y el Dresdner Bank– tienen la obligación de colaborar con las autoridades, declara el fiscal Schmid a swissinfo.ch.
Ambas instituciones bancarias han optado por un perfil discreto en el caso Bárcenas.
Consultados por swissinfo.ch, el banco Lombard Odier expresó que “su establecimiento respeta las obligaciones que debe cumplir y coopera plenamente con las autoridades competentes”, mientras que el Dresdner Bank se limitó a destacar que “siempre ha cumplido con la ley”.
Falta de rigor
Uno de los debates constantes en torno a la plaza financiera suiza es hasta dónde su discurso de transparencia es llevado a los hechos.
El perfil político de Luis Bárcenas, ex senador por Cantabria, exigía que ambos bancos le consideraran desde el principio de la relación de negocios como una Persona Políticamente Expuesta (PEP), redoblando la supervisión de los fondos administrados.
Pese al discurso oficial de la Asociación Suiza de Banqueros (ASB) y de los dirigentes bancarios sobre el rigor con el que aplican la Ley Federal contra el Blanqueo de Dinero, “la realidad es mucho más cínica”, afirma Nicolas Queloz.
Todos los grandes casos de blanqueo de capitales de los últimos años demuestran que los bancos y los administradores de fortuna, a pesar de tener una lista oficial de PEP, se guían sobre todo por la regla internacional de la rentabilidad, según la cual todo dinero es bueno. Y es que si ese capital no es aceptado en Suiza, será recibido rápidamente en otro país menos puntilloso, puntualiza.
No es poco común, señala el profesor de Derecho Penal, que cuando inician los problemas –en este caso, el estallido del escándalo político– los bancos internacionales transfieran los fondos de los PEP a cuentas y sociedades financieras administradas por sus filiales en el extranjero.
¿Cuánto tiempo tardará la fiscalía de Ginebra en confirmar si hubo o no blanqueo de dinero en el caso Bárcenas? En opinión de Nicolas Queloz, esto dependerá en gran medida de la colaboración que exista entre las autoridades judiciales de los dos países.
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